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El Senado de la Nación aprobó el 24 de septiembre de 2026 un proyecto que modifica el régimen de subsidios al gas en zonas frías e incorpora un conjunto de reformas sobre el funcionamiento del sistema energético. La iniciativa fue respaldada por 38 votos afirmativos y rechazada por 8.

El expediente corresponde al proyecto CD-3/26 y al Orden del Día 402/26. El texto aprobado combina seis capítulos regulatorios: Zona Fría, mercado eléctrico, energías renovables, gas natural, hidrocarburos y disposiciones finales.

Uno de los ejes es la regulación de un mecanismo de compensación de créditos y deudas entre las distribuidoras eléctricas y la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA). La aplicación del esquema queda condicionada al cumplimiento de acuerdos de pago y al desistimiento de reclamos.

La iniciativa también establece el traslado automático a las tarifas del costo de adquisición del gas que surja de procesos competitivos. De esta manera, el precio reconocido en esos procedimientos quedaría incorporado al esquema tarifario conforme a lo previsto en el proyecto.

En materia de energías renovables, la reforma prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 la estabilidad fiscal prevista para los proyectos alcanzados por la Ley 27.191. Además, contempla de manera excepcional la cesión de determinados contratos de abastecimiento.

El paquete incluye cambios en el régimen hidrocarburífero. Entre otras disposiciones, deroga el Decreto 277/2022, el Decreto 929/2013 y los artículos 19 a 22 de la Ley 27.007. El texto aprobado preserva los derechos adquiridos bajo el régimen anterior.

Por su alcance, la medida impacta sobre distribuidoras eléctricas, generadores renovables, productores de gas y petróleo, comercializadores e inversores vinculados con infraestructura energética. La modificación de Zona Fría queda así integrada en una reforma más amplia de reglas sectoriales.

La aprobación parlamentaria no equivale todavía a la entrada en vigencia de la norma. Al 29 de septiembre de 2026 no se había verificado en el Boletín Oficial su promulgación o publicación como ley, por lo que resta confirmar ese trámite antes de determinar cuándo comenzarán a aplicarse las disposiciones.

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Fuentes consultadas